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Se aprueba la norma UNE 19601 que regula los requisitos para implantar sistemas de Compliance en las empresas (Mayo, 2017)

Esta norma, muy esperada por todos los responsables de prevención de delitos de despachos y empresas, da respuesta a la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en la reforma del Código Penal de 2010 y a su última reforma de 2015, que indica que las personas jurídicas que hayan implantado modelos de prevención de delitos y cumplan una serie de requisitos pueden llegar a ser eximidas de responsabilidad penal.

Su elaboración ha necesitado dos años de preparación y se trata de la primera norma específica en materia de prevención de delitos que se establece en España después de que se introdujese la posibilidad de eximir a las empresas de responsabilidad penal si cumplen una serie de requisitos.

Este hito en materia de Compliance significa que será certificable por un tercero independiente que verificará que se aplica eficazmente, por lo que constituye una herramienta para demostrar que la compañía ha llevado a cabo las buenas prácticas mundialmente aceptadas para la prevención y reducción del riesgo de delito si fuera necesario.

Aunque su mera implantación, como indican desde la asociación, no conllevará la exoneración o atenuación automática de la responsabilidad penal de la persona jurídica, la Fiscalía General del Estado explicó en una circular sobre la reforma del Código Penal que las certificaciones podrán ser valoradas como un elemento adicional de la eficacia de los modelos a la hora de eximir de responsabilidad penal.