Cumplimiento del Derecho de la UE por parte de los Estados miembros: aún insuficiente (Julio, 2017)
La Comisión Europea ha presentado el Informe anual sobre el control de la aplicación del Derecho de la UE, donde indica cómo controló e hizo aplicar la legislación de la UE en 2016. Asimismo, se ha publicado el Cuadro de indicadores del mercado único, que muestra que, aunque están eliminándose la mayoría de obstáculos a la libre circulación de personas, servicios, mercancías y capitales, en algunos ámbitos la situación no mejora o incluso está empeorando.
La aplicación efectiva de la legislación es esencial para garantizar que los ciudadanos y las empresas disfruten de los beneficios que aporta el Derecho de la UE. A menudo, cuando surgen problemas, la razón no es la falta de legislación de la UE sino más bien el que los Estados miembros no aplican dicha legislación de forma correcta y efectiva. Asimismo, el mercado único de la UE sigue siendo el activo más valioso de Europa para millones de ciudadanos y empresas, y la Comisión Europea mantiene el compromiso de garantizar que los ciudadanos y las empresas disfruten cada día de la libertad de vivir, trabajar, comprar y comerciar en veintiocho Estados miembros, para lo cual verifica la aplicación de la normativa de la UE sobre el mercado único.
La reciente entrada en vigor del Reglamento Europeo de Insolvencia (Julio, 2017)
El 26 de junio de 2017 entró en vigor el nuevo Reglamento Europeo 848/2015, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo, sobre procedimientos de insolvencia. El texto del nuevo Reglamento supone un gran avance en materia de insolvencia y restructuración empresarial dentro del marco europeo, debido, sobre todo, al «intento» de armonización que se desprende del nuevo texto refundido en materias como, por ejemplo: la competencia judicial internacional, la Ley aplicable, el reconocimiento recíproco de decisiones, la coordinación entre procedimientos principales y secundarios o, incluso, sobre los concursos de sociedades pertenecientes a un mismo grupo de empresas.
Las dudas que plantea la futura Ley de Protección de Datos (Julio, 2017)
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE entrará en vigor el 25 de mayo de 2018. Antes de esa fecha, España tendrá que haber aprobado una nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) que adapte la normativa nacional a las disposiciones contenidas en el reglamento europeo.
El primer paso ya ha sido dado con la presentación de la primera versión del anteproyecto de esta norma por parte del Ministerio de Justicia. Sin duda, el texto sufrirá cambios antes de ser aprobado, pero se convierte en una base para que los expertos puedan valorar su contenido.
El borrador, según explica Paula Fernández-Longoria, counsel de Bird & Bird, "es un texto amplio y completo -78 artículos- en el que se incluyen cuestiones en las que el RGPD remite a los estados miembros, así como otros temas adicionales que completan el reglamento, como el tratamiento de datos de personas fallecidas, de la videovigilancia, los tratamientos de datos de contacto y de empresarios fallecidos o los relativos a sistemas de información de denuncias internas en el sector privado".